Por Mariel Zúñiga

Este fin de semana con la aprobación de la Cámara de Diputados que ayudará a miles de mexicanos, pues los trabajadores independientes gozarán de la Seguridad Social. Así, podrán cotizar en el IMSS y con ello tener prestaciones como el ahorro en la subcuenta de vivienda para que contar con un crédito para la vivienda con Infonavit, entre otros.

La resolución de la Cámara de Diputados publicada este 1º de diciembre en el Diario Oficial de la Federación con antecedente en octubre de este año, resalta estos 2 puntos :

1. A partir de este 2 de de diciembre los Trabajadores Independientes podrán empezar a realizar Aportaciones Voluntarias al IMSS.

Y 2. El IMSS tiene 6 meses para hacer todos los trámites administrativos necesarios en su reglamentación interna para hacer operativo este Decreto.

Esto es que en el Diario Oficial de la Federación se publicaron las reglas para dar acceso a la Seguridad Social a los trabajadores independientes.

De esta manera se derogan otras disposiciones legales, administrativas y reglamentarias publicadas con anterioridad que contravengan este nuevo Decreto aprobado por los Diputados.

Este es el texto que el DOF publicó:

«EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. Artículo Único.- Se reforman los artículos 13, fracción I; 222, fracción II, inciso a); 224; 227, fracción I; 228, fracción II; 229; 231, primer párrafo; se adicionan los artículos 5 A, con una nueva fracción XX, recorriéndose las actuales XX y XXI para ser XXI y XXII; 225, segundo párrafo; 227, fracción I, segundo párrafo; y se derogan las fracciones III y IV del artículo 13; el inciso c), de la fracción II del artículo 222, y la fracción I del artículo 231, de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 5 A. … I. a XIX. …

XX. Trabajador Independiente o por cuenta propia: persona física que no esté sujeta a una relación de subordinación laboral y que no recibe un salario sino genera ingresos por el libre ejercicio de su profesión, oficio o actividad, así como los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, patrones con trabajadores asegurados a su servicio o aquellas personas que cubran el pago de las cuotas obrero patronales establecidas para la incorporación voluntaria al régimen obligatorio exceptuando a los sujetos de aseguramiento establecidos en la fracción V del artículo 13”…

POR CIERTO

Lo interesante será ver la capacidad del IMSS y también del Infonavit para atender con diferentes esquemas a estos mexicanos que se sumarán a las prestaciones sociales de salud y de vivienda.

Es retador el escenario porque deben tener suficiente infraestructura, en el IMSS cuestionable, y también recursos humanos y tecnológicos para atender con eficiencia a miles de mexicanos que demandarán servicios de salud y créditos para su hogar.

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